Si, es lo habitual y legalmente correcto.

Por lo general, al salario de los trabajadores temporales puestos a disposición, determinado por el Convenio Colectivo de la empresa usuaria, se le agrega la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones. Es decir, que está todo prorrateado en su salario.

Con lo cual, mes a mes u hora a hora, ya está cobrando un “plus” por sus vacaciones, por lo que luego no tiene derecho a disfrutarlas. Por lo tanto, en periodos vacacionales, lo normal es que la ETT suspenda el contrato de trabajo.